03/12/2013

Chapas Patente de Cortesía


SOLICITUD DE CHAPAS PATENTE DE CORTESÍA

La Dirección de Franquicias podrá otorgar chapas de cortesía a las Representaciones, cuando hayan adquirido localmente o importado un automóvil sin franquicia o sin eximición de gravámenes. En cualquier caso, dicho automóvil deberá estar registrado a nombre de la Representación en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.


La cantidad de Chapas Patente totales por Representación a ser otorgadas por la Dirección de Franquicias, sumadas aquellas otorgadas a automotores nacionales adquiridos por beneficio de la Ley N°19.486, a automotores importados en el marco del Decreto N°25/70 y a automotores con Chapa Patente de Cortesía, no podrá superar una cantidad razonable a la función de la Representación. A estos efectos se considerará unificada la cantidad de automóviles de las Representaciones y Sedes Diplomáticas y Consulares de un país en todo el territorio nacional y no se computarán los automóviles autorizados como temporarios por razones de seguridad.

Se considerará una cantidad razonable de Chapas Patente por Representación, a partir de un mínimo de 3 unidades, la cantidad total de diplomáticos acreditados ante la Dirección Nacional de Ceremonial de esta Cancillería.

Sólo se podrá otorgar Chapas Patente de Cortesía a las Representaciones sujetas a estricta reciprocidad. Es decir, que en el país solicitante se brinde a la Embajada Argentina en su país los mismos beneficios.

Podrán ser autorizados a conducir únicamente los funcionarios de la Representación acreditados ante la Dirección Nacional de Ceremonial y los empleados locales que estuvieran registrados en tal calidad ante la Dirección Nacional de Ceremonial.

Nota: La Chapa Patente de Cortesía, no exime, eventualmente, del pago de tasas e impuestos provinciales o municipales correspondientes, dependiendo de la jurisdicción de que se trate.

 

1- Se debe solicitar por Nota, firmada por el Jefe de Misión o Subrogante legal, con aclaración de nombre, apellido y cargo en la Representación.

Se adjuntará el Formulario FDF N° 0009 “Chapa Patente de Cortesía para un Automotor  de Uso Oficial de la Representación”.

Formulario FDF N° 0009 “Chapa Patente de Cortesía para un Automotor de Uso Oficial de la Representación”

Por su parte y para automotores usados la Verificación Técnica Vehicular (distinta de la que se realiza en la DNRPA) es exigible para los vehículos cuya radicación sea en aquellas provincias en las cuales esa Verificación Técnica ya es exigible. Para automotores nuevos o 0 km. la Verificación Técnica Vehicular no es exigible.

Se adjunta COPIA SIMPLE de la Licencia de Conducir de cada uno de los conductores, expedida por autoridad competente de la Republica Argentina, en una cantidad total máxima de CINCO (5) personas.

Se adjunta COPIA CERTIFICADA por el Jefe de Misión de la Constancia emitida por el organismo oficial competente que acredite que el Autorizado a Conducir No registra infracciones de tránsito.

El otorgamiento de Chapas Patente de Cortesía queda sujeto a estricta reciprocidad

Si la solicitud se hiciera dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de expedición del Título de Propiedad emitido por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios a nombre de la Representación se adjunta COPIA SIMPLE certificada por el Jefe de Misión o Subrogante Legal de dicho Título

En su defecto, se adjunta ORIGINAL de Certificado actualizado de la titularidad del automóvil a nombre de la Representación emitido por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.

2- Se entregará junto con las chapas patente una Oblea que vencerá anualmente, y a más tardar e1 31 de diciembre de cada año, y deberá ser renovada en los 30 días anteriores a esa fecha. Para la renovación de la Oblea, se deberá comprobar la cobertura anual del seguro obligatorio según la Ley 24.449.

Las Chapas Patente se entregarán sólo si el automóvil cuenta con el seguro obligatorio (Ley 24.449).

Podrán retirar las chapas patente sólo personal acreditado ante la Dirección Nacional de Ceremonial y con la presentación del documento correspondiente.

Fuente: http://www.mrecic.gov.ar/es/chapas-patente-de-cortes%C3%ADa

 

Prof. Irene Rey. 02/12/2013